LA TIERRA EN PARAGUAY 1947-2007
(60 AÑOS DE ENTREGA DEL PATRIMIONIO NACIONAL
STROESSNER Y EL PARTIDO COLORADO)
EFRAÍN ALEGRE SASIAIN y ANÍBAL ORUÉ POZZO
por Arandurã Editorial,
Diseño de tapa: CARLOS GARCETE SOLALINDE
Asunción-Paraguay 2008 (439 páginas)
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ÍNDICE
PRESENTACIÓN
INTRODUCCIÓN GENERAL. CÓMO SURGE EL TRABAJO
PRIMERA PARTE
CAPÍTULO I:
· DISTRIBUCIÓN DE LA TIERRA EN LA REGIÓN ORIENTAL
· ANÁLISIS, ESTUDIO E INTERPRETACIONES
CAPÍTULO II:
· DISTRIBUCIÓN DE LA TIERRA EN LA REGIÓN OCCIDENTAL
· ANÁLISIS, ESTUDIO E INTERPRETACIONES
CAPÍTULO III:
· NUEVO MAPA DE LA TIERRA EN PARAGUAY. DISTRIBUCIÓN Y TOTALES
· ANÁLISIS, ESTUDIO E INTERPRETACIONES
SEGUNDA PARTE
CAPÍTULO IV
· «BENEFICIARIOS» DE LA REFORMA AGRARIA DURANTE EL STRONISMO NOMBRES, CARGOS EN ESOS MOMENTOS, EXTENSIONES ADJUDICADAS, REGIONES INVOLUCRADAS
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PRESENTACIÓN
En la introducción al ya clásico estudio sobre la problemática agraria en el país, Carlos Pastore señalaba, con relación al desarrollo del contenido del mismo, que esas apreciaciones no estaban «dirigidas a justificar o censurar determinada posición filosófica, histórica, política o partidaria» (Pastore, 1972: XV). A continuación observa que en su trabajo se limitó al análisis de los hechos tal «como a nuestro juicio se produjeron y lo prueba la documentación existente, sin consultar la posición de los protagonistas históricos o actuales, comprometidos sí con la suerte del pueblo del Paraguay, exclusivo destinatario de este trabajo» (Pastore, 1972: XV).
El extenso, denso y sobre todo sumamente documentado trabajo de Pastore, puede ser considerado un hito en la producción bibliográfica sobre el tema de la lucha por la tierra en Paraguay. Abarca casi toda la historia nacional, desde la colonia llegando hasta la década del '60 del siglo XX, cuando se inicia la gran «marcha al Este» organizada y dirigida por el gobierno de Stroessner. A pesar de describir de manera cruda y hasta sin rodeos la realidad de la tierra en el país - pasando por distintos momentos desde las legislaciones de venta de tierra de la posguerra de 1883 y luego la de 1885, hasta su distribución de manera prebendaria y clientelista de los años '60 del siglo XX - este investigador culmina su estudio con un viento de esperanza:
· «Con un estado Moderno, el Paraguay puede realizar el sueño de los patriotas de asegurar la felicidad del hombre en una tierra en que gozan de la alegría de vivir todos los seres creados por la naturaleza, menos el hombre paraguayo, por causa de las privaciones e injusticias a que se encuentra sometido. Con ese Estado, serán canceladas por siempre las relaciones coloniales internas, y no habrá más distinción entre hombres y mujeres que las provenientes de la virtud y. de la ilustración». (Pastore, 1972:526)
Hoy, a casi 40 años de la primera edición de esta reveladora investigación, el país continúa con gran parte de los problemas que este autor señalaba, a pesar de haber distribuido en los últimos 60 años, alrededor de 12 millones de hectáreas de tierra, o sea, aproximadamente 1/3 del territorio nacional. Al pesimismo de la razón, levantamos el optimismo de la voluntad.
Si bien es muy poco lo que ha cambiado en términos de la tenencia de la tierra en el país - al contrario, la concentración de la misma se ha agudizado -, el sentido de esperanza de una transformación y de instauración de un «estado Moderno», está hoy más presente y más vivo que nunca. Principalmente luego que gran parte de la ciudadanía ha decidido y orientado sus aspiraciones hacia un cambio y una transformación en el plano político y social.
Lo que sigue, intenta retomar la discusión levantada por este gran estudioso, proporcionando datos empíricos inéditos en cuanto a la distribución de la tierra en el país en los últimos 60 años. Esperamos que con estos datos, investigadores, sociólogos, economistas, antropólogos, comunicadores, e inclusive sectores políticos y gubernamentales, puedan emprender el gran desafío de pensar, diseñar e impulsar los cambios necesarios en las arcaicas estructuras agrarias. Esto posibilitará la emergencia de un moderno Estado paraguayo, con propietarios sólidamente afincadlos en el campo, con el apoyo y garantía necesarios para la producción.
Los estudios y análisis que se presentan fueron construidos a partir de los datos oficiales del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT). Son casi 200 mil registros que ilustran la historia de los últimos 60 años de la lucha por la tierra en el país, o mejor, de una distribución, en gran parte, prebendaria y clientelista de la misma. Cuando observamos que todavía hoy existen campesinos sin tierra, a pesar de las más de 12 millones de hectáreas distribuidas en más de 50 años, la situación no puede dejar de importarnos y, sobre todo, de producirnos una profunda indignación por lo sucedido a lo largo de todo este tiempo.
La Revolución Francesa transformó no solamente Francia, sino también Europa, al llevar un muevo entendimiento de los procesos democráticos, la emergencia de la República, asimismo de la importancia de una justa y equitativa distribución de la tierra. Estos vientos aun no llegaron al país, a pesar de haber pasado más de 200 años de toda esa historia.
Esperamos que, con la nueva esperanza que se abre hoy en Paraguay, estas antiguas reivindicaciones por la tierra, emerjan y transformen definitivamente la estructura agraria y productiva, apuntando decididamente al desarrollo sostenible con equidad. Es lo que todos esperamos, y es la gran expectativa que moviliza en estos momentos a toda la población, luego de años de utopías postergadas.
EFRAÍN ALEGRE SASIAIN,
ANÍBAL ORUÉ POZZO ASUNCIÓN,
AGOSTO DE 2008
INTRODUCCIÓN GENERAL CÓMO SURGE EL TRABAJO
En varios momentos durante los últimos años, nos hemos preguntado ¿cómo es posible que aun persistan en el país demandas sobre la necesidad de lotes agrícolas, reclamos acerca de la urgencia por realizar una Reforma Agraria integral si, aparentemente, se han distribuido grandes extensiones de territorio en los últimos 60 años? ¿Cómo es posible que aún persista una tremenda presión, desde el campo, sobre el Estado y las autoridades nacionales, reclamando una justa y ecuánime distribución de la tierra en nuestro país? Pero estas preguntas no quedaban ahí. Continuábamos interrogándonos insistentemente ¿cómo todavía es posible que amplios sectores campesinos se movilicen reclamando la necesidad de tierras si, según la propaganda oficial - por lo menos aquella pregonada hasta el pasado 14 de agosto-, se han distribuido vastas extensiones del territorio nacional a un número importante de beneficiarios y compatriotas? Y, finalmente, ¿cómo es posible que todavía existan trashumantes «campesinos sin tierra» en este país si uno de los mayores «logros» en los últimos 60 años de gobierno del Partido Colorado, fue exactamente una «justa distribución de la tierra»? A lo largo de nuestra actividad en el Parlamento, y desde sus distintos ámbitos, estas siempre fueron algunas de las preguntas presentes en todas las actividades que desarrollábamos. Y casi siempre quedaban sin respuesta. Hasta esos momentos, no existían informes oficiales, datos públicos, acerca de la distribución de tierras fiscales en el país.
Luego de todo este tiempo de trabajo, estamos convencidos que, una de las razones de la presencia de un índice elevado de demandas insatisfechas en el país, está directamente relacionada con la injusta distribución de las tierras fiscales, asimismo a la existencia de grandes bolsones de corrupción. Esto significó que, en todos estos años, un grupo se impuso la gran «aventura» de alzarse con bienes del Estado impunemente, de obtener prebendariamente privilegios que, ni la Ley, y mucho menos la Constitución Nacional, otorgan a las personas.
En los últimos años nos hemos dedicado a investigar detenidamente las distintas formas de corrupción presentes en nuestra sociedad. Muchos de estos resultados fueron presentados al pleno de la Cámara de Diputados, para luego encaminarlas a la justicia ordinaria. Sin embargo, y desde un principio, uno de los grandes desafíos fue el de acceder a datos, a documentos, que desvenden la gran incógnita relacionada al proceso de otorgamiento de lotes agrícolas por parte de la agencia oficial. Se nos planteaba, entonces, el importante desafío de acceder a toda una documentación de manera a poder entender y comprender qué pasó con el proceso de distribución de la tierra, cómo este bien fue otorgado, las dimensiones de los lotes y cómo fueron adjudicados y, sobre todo, los beneficiarios de dichos inmuebles.
Al iniciar esta investigación, nos encontramos con la gran sorpresa que los funcionarios públicos encargados de estos registros, aun consideraban dicha información como secreto de Estado. No se percataron que la dictadura había terminado en febrero de 1989, y que la democracia ya existía en el país como forma de gobierno plenamente aceptada, inclusive con nuevos marcos jurídicos establecidos por la Constitución Nacional de 1992, que garantiza el libre acceso a dichas fuentes. Hábitos y comportamientos autoritarios, y sobre todo, la idea y pensamiento que estos documentos y archivos no debían ser colocados al acceso público, todavía continuaban empotrados en los distintos intersticios del Estado paraguayo. Fuimos enfrentando toda esta burocracia, todo este comportamiento autoritario para, finalmente, acceder a los primeros datos sobre la tierra proporcionados oficialmente por la agencia pública. Todo un logro, a casi 15 años del alejamiento de Stroessner!!... y de vida democrática. Así, en el año 2004 logramos por primera vez, tener acceso a una base de datos sobre el proceso de distribución de la tierra en el periodo 1950-2000.
Estos datos dimos a luz, también por primera vez, en la denuncia pública que presentamos ante el Pleno de la Cámara de Diputados. Allí, y de manera abierta, se presentaban ante la opinión pública documentos nunca antes revelados. Y fue todo un logro para nosotros, pues la reacción de diversos sectores nos confirmaba que estábamos en el camino correcto.
Al iniciar este trabajo pensamos que el rango de 50 años sería, inicialmente, suficiente para obtener una tendencia aproximada acerca de cómo se implementó la distribución de la tierra a los beneficiarios de la Reforma Agraria. Y quedamos cortos. Comenzamos a trabajar sobre el informe que obtuvimos del INDERT, y las sorpresas fueron apareciendo como semillas que brotan de la tierra. Al analizar los documentos, descubríamos que, otorgar tierras durante los pasados 50 años, fue uno de los grandes ejes de la corrupción - asimismo del ejercicio del poder - durante el gobierno de Stroessner, y lo largo del periodo democrático. Mientras, entre los años 1961-1965, y luego durante el período 1971-1975, la dictadura perseguía y reprimía implacablemente a sectores agremiados en las Ligas Agrarias - en algunos casos llegando al extremo de asesinar a líderes y militantes de organizaciones campesinas -, este mismo gobierno entregaba grandes extensiones de tierra a personas relacionadas directamente con esta represión, asimismo a un gran número de sus adherentes políticos. Una contradicción que alguna vez debe ser no solamente reparada, sino sobre todo reconocida por el Estado paraguayo, pidiendo públicamente una disculpa a estos sectores injustamente perseguidos.
Estas irregularidades fueron también encaminadas a la Procuraduría General del Estado, asimismo a la Contraloría General de la República, de manera a dar continuidad a nuestra denuncia en diversos niveles del Estado.
En todo momento, pensábamos en la necesidad que el trabajo desplegado, la inversión de tiempo y esfuerzo de investigación, llegue a un público mayor y más amplio, de manera que no se «borre» de la memoria colectiva, y la ciudadanía tenga acceso y conocimiento sobre estos hechos. Decidimos, entonces, transformar todo este esfuerzo inicial en un libro, de forma a documentar y poner a consideración de la opinión pública, de la conciencia ciudadana, un aspecto tan importante de la corrupción en el país. Así, lo que el lector tiene a la vista, es el resultado de cuatro años de investigación seria y rigurosa sobre los distintos rostros que hacen a la distribución de la tierra fiscal implementada en Paraguay en estos últimos tiempos. Al avanzar en estas páginas, el lector podrá imaginar que un nuevo archivo del terror se descubre y se hace público. Y tendrá razón. Los datos que estamos presentando poseen, en términos de importancia y trascendencia, algo que bien podríamos denominar el «archivo del terror de la entrega del patrimonio nacional». En las páginas que siguen, se presentan las distintas formas, los diferentes momentos en los cuales la distribución de este preciado bien público, fue impulsado. Y estos datos asustan. El Estado no implementó políticas orientadas a subsanar el grave problema de la tierra, sino todo lo contrario. La distribución orientada desde el Estado, siempre privilegió una entrega prebendaria e ilegítima del patrimonio público buscando adecuar y beneficiar, con este proceso, las ambiciones de grupos y sectores políticos -inclusive familiares y «amigos»- asociados al poder. Es que lo los datos empíricos lo demuestran.
El informe final de la Contraloría es lapidario. En el punto de las Conclusiones y Recomendaciones finales señala que:
«Podemos concluir en este Capítulo, que se evidencia debilidad en los Controles Internos vigentes en la Institución, los que no son suficientes ni adecuados para proveer información confiable, integral y oportuna. Se evidencia también, la poca rigurosidad y falta de confiabilidad en las informaciones financieras.
Cabe resaltar la responsabilidad principal por el diseño, implementación, funcionamiento, evaluación y mejoramiento del Control Interno, corresponde al titular y a los directivos de cada organización, debiendo los niveles jerárquicos velar para que las medidas de control específico se apliquen adecuadamente a toda la organización.»
(CGC, 2005, Examen Especial, Informe Final, p. 98) El Estatuto Agrario de 1963 establece, en los artículos 75 al 79, los requisitos para acceder a lotes agrícolas, llegando inclusive a explicitar algunas preferencias que deberán ser consideradas para realizar las adjudicaciones. La Contraloría, en su informe, hace referencia a este procedimiento cuando afirma, refiriéndose al INDERT que, «la institución deberá justificar fundamentalmente, el incumplimiento de los artículos de la Ley 854/63 «Que establece el Estatuto Agrario», transcritos en este punto. A continuación, en lo referente a la recomendación señala el informe final que «la institución deberá dar estricto cumplimiento a la Ley que rige su funcionamiento, para otorgar las adjudicaciones de lotes.» (CGC, 2005, Examen Especial, Informe Final, p. 108)
Este documento final, de alguna manera, descubre el manto de niebla que envuelve gran parte del proceso de adjudicación y venta de tierras públicas en el país en los últimos 60 años. Las distintas instituciones del Estado, bajo cuya responsabilidad estaba la justa y ecuánime distribución, violaron sistemáticamente toda legislación, interpretaron autoritariamente el texto normativo, y adjudicaron las tierras públicas o fiscales, de manera arbitraria, quebrando sistemáticamente todos los criterios establecidos en la legislación vigente durante esos años.
Cuando estudiábamos los datos empíricos del INDERT, no imaginábamos la seriedad del problema que se nos presentaba en ese momento. En consecuencia, nos decidimos a observar detalladamente los registros proporcionados por la institución rectora de la tierra en el país. A medida que esta lectura se iba profundizando, el asombro nuestro, ante la magnitud del problema, crecía. Los medios de comunicación, en su momento y ante la denuncia presentada, acogieron, en parte, esta problemática. Lo que sigue, es resultado de un estudio mucho más riguroso, y por su vez minucioso, de los datos obtenidos del INDERT.
De manera a contar con una documentación confiable, se ha solicitado al INDERT que nos proporcione, nuevamente, en el año 2008, los datos actualizados acerca de la distribución histórica de la tierra en el país.
A partir de estos nuevos datos, hemos establecido un nuevo corte temporal. Consideramos el período 1947-2007, como nuestro corpus de análisis y estudio. Su justificativa es muy sencilla. Es el periodo que corresponde a la hegemonía política y al control total y absoluto del Estado por parte de la Asociación Nacional Republicana, Partido Colorado. Desde el año 1947 - luego de una cruenta guerra civil que divide al país en dos y desgarra a la población expulsando una parte importante de la misma al exilio - hasta este año, 2008, el Partido Colorado ha sido el instrumento político bajo el cual se ha ejercido el poder en el país. Dictatorialmente, desde 1954, y en la transición, desde 1989. En consecuencia, si de responsabilidades se habla, es importante señalar que todas las autoridades nombradas para ejercer la administración de las diversas agencias encargadas de la tierra en Paraguay desde 1947, pertenecieron a este partido político. Desde su dirección, como miembros de su Consejo de Administración o Directorio, todas la autoridades responsables por la administración, planificación y ejecución de un plan de distribución de los lotes agrarios y de implementación de la denominada «reforma agraria» en Paraguay, pertenecieron a este partido político. Las responsabilidades, entonces, surgen claramente, y es necesario admitirlo de manera a poder enmendar los grandes errores históricos. En consecuencia, el corte temporal del presente estudio corresponde exactamente a los 60 años de dominio político del Partido Colorado en las diversas instituciones del Estado paraguayo y, sobre todo, en la institución rectora de la tierra en el país.
DATOS DEL INDERT. CRITERIOS ADOPTADOS
Ante el pedido formulado en junio del presente año, esta institución nos ha proporcionado la totalidad de los datos que en ese momento se encontraban digitalizados, y que llegan hasta el año 2008. Consideramos pertinente - en función a los aspectos levantados más arriba - hacer el corte que incluya a los años 1947-2007. Este periodo afecta a un total de 196.958 títulos que, por su vez, significa 12.004.653,3822 de hectáreas distribuidas en igual periodo. El corte especificado se relaciona al año de expediente, es decir, consideramos incluidos en nuestra base de datos todas aquellas solicitudes comprendidas entre los años 1947 y 2007. Sin embargo, y para el estudio que hemos desarrollado, consideramos en nuestro registro, todos los títulos con año de expediente en el rango considerado. Por alguna razón, en los datos proporcionados por el INDERT y en el mismo rango considerado, existen aproximadamente 2.000 registros cuyas fechas de titulación están en blanco. Luego, estos registros, para fines del presente trabajo, están incluidos en un listado separado, en función a la imposibilidad por determinar el año de su titulación. De igual manera, en los mismos datos proporcionados por la agencia oficial, existen también alrededor de 1.900 registros cuyo año de expediente no están consignados. Estos fueron excluidos del estudio. También fueron excluidos del presente trabajo, aquellos registros cuyo año de expediente es anterior al año 1947, y los que se consignan con año posterior a 2007.
Para fines del presente estudio, hemos considerado, en función a los datos proporcionados por el INDERT, las siguientes variables: nombre y apellido del adjudicatario, número y año de expediente, número y fecha de título, número y año de Resolución, hectáreas y metros cuadrados otorgados, número de finca, número de padrón, Departamento, Distrito, Colonia y, finalmente, documento de identidad. En este punto, es importante una aclaración. Según registros del INDERT, recién desde el año 1992 aparecen, esporádicamente, adjudicaciones en las cuales se insertan el documento de identidad. Luego, es posible que, en los registros de adjudicatarios se presenten varios casos de homonimia, en función a datos incompletos incluidos en dichos documentos. Desde ya, nuestras disculpas del caso. Por otro lado, también es posible que, en función al volumen de datos con los cuales hemos trabajado, algunos nombres de «beneficiarios» de las tierras, con participación importante en los años del stronismo, hayan pasado desapercibidos, y no estén incluidos en el listado publicado en la Segunda Parte del trabajo. Vayan nuestras disculpas, en este caso para la ciudadanía y público en general, por esta omisión involuntaria.
Según informes de la agencia oficial que cuida de la tierra en el país, el procedimiento que se da desde el inicio hasta la adjudicación final, es el siguiente: se presenta una solicitud en la cual se da cuenta de la intención de acceder a tierras fiscales. Este documento se registra como año de inicio del expediente (Año Expediente). A continuación se emite una Resolución del Consejo de Administración, y finalmente se confecciona el título, que se registra en las oficinas del Registro Agrario de la institución. Hemos adoptado como criterio de corte y selección de los datos proporcionados, el de Año Expediente, es decir, a partir del momento que el interesado ingresa oficialmente su solicitud a la institución. De esta manera, y en función a los criterios de adjudicación que se observa - y del cual el informe final de la Contraloría es un ejemplo - tomamos el año 1947 como año de inicio de los expedientes cuyos títulos se emiten en tiempo posterior. Este es el criterio que da cuenta del proceso que emerge posteriormente, como resultado del inicio de nuestros datos y de la conclusión de la revolución del '47. Pero, por otro lado, también consideramos pertinente tomar en cuenta el año de emisión del título, pues este dato constituye uno de los más consolidados entre todos los proporcionados por dicha institución. El año de corte final, 2007, corresponde al total de las adjudicaciones efectuadas ese año, pues consideramos adecuado estudiarlo como año completo, en función a los datos obtenidos.
En consecuencia, y bajo este criterio, el total de registros estudiados y analizados corresponden al total mencionado más arriba, asimismo al total de hectáreas adjudicadas señaladas. Con la siguiente observación. En varios momentos - hasta diríamos en situaciones sumamente frecuentes cuando se trata de altos exponentes del gobierno -, los nombres se repiten. Es decir, el total analizado expresa el total de títulos emitidos por la agencia oficial, pero no necesariamente expresa el total de beneficiarios individualmente. Bajo esta perspectiva, la cifra total de propietarios es, indudablemente, menor, pues se emitieron varios títulos - que representan extensiones de tierra diferentes - a un mismo propietario, propiciando de esta manera una concentración de la propiedad en pocas manos. En algunos casos se emitieron más de 20 títulos a un solo adjudicatario. Es el caso de Farid Yamil, quien aparece con 27 títulos dando un total de 2.701 hectáreas, todos ellos en el Departamento de Amambay. Igualmente Saturnino Vázquez, quien tiene 15 títulos con un total de 11.987 hectáreas en el Departamento de Presidente Hayes. Finalmente, tenemos el caso de la familia Rossatti, que tiene 25 títulos, con un total de 3.458 hectáreas distribuidas éstas en Amambay, Concepción, Canindeyú y Alto Paraná.
A partir de los datos, hemos organizado el estudio tratando de aproximarnos al problema desde varias aristas. Es lo que vamos a presentar en la Primera parte, que incluye los capítulos I, II y III del presente libro. Se ha organizado el trabajo con varios cortes, en función de los documentos oficiales. Uno de ellos, es el que hace relación al entendimiento que distribuciones de tierra en la región Oriental, asimismo en la Occidental, tienen características sumamente diferentes, pues las dimensiones - en términos cualitativos - asumen, efectiva y proporcionalmente, pesos diferentes al considerar estas dos grandes áreas que expresan la división política de Paraguay. En consecuencia, se ha considerado pertinente efectuar este corte.
En el primer corte, organizamos la distribución en función a las regiones: Oriental y Occidental. El total distribuido - llevando en consideración el año de expediente - en la región Oriental durante el período 1947-2007, corresponde a 3.446.736,95 hectáreas asociadas a 189.223 títulos respectivos. Por su parte en la región Occidental y en el mismo período tenemos un total de 8.557.916,43 hectáreas que corresponden a 7.735 títulos. Tenemos de esta manera que, el 3,93 por ciento de los títulos otorgados en la región Occidental, representan a un total de 71,29 por ciento del total de las tierras distribuidas durante el periodo 1947-2007 en la misma región. En la región Oriental por su parte, incluye 96,07 de títulos que corresponden al 28,71 por ciento del total de territorio distribuido en esta región del país.
Otro corte, en función a los datos analizados, es el que se refiere al período 1947-1988, es decir, un interregno de 41 años, que es aquel considerado como el período autoritario del Partido Colorado, sustentado en la dictadura de Alfredo Stroessner. Los 41 años y dentro de este rango, los casi 35 años de la dictadura de Stroessner - representan alrededor del 72 por ciento del total de títulos distribuidos en el período estudiado (1947-2007), que por su vez representa el 81 por ciento del total de hectáreas adjudicadas. Estos datos son contundentes. La mayor parte de las adjudicaciones fueron efectuadas en tiempos de la dictadura militar. Y, obviamente, es posible visualizar - o por lo menos intuir - la tendencia de sus propietarios. La tierra durante estos años, fue utilizada como la gran mercancía e instrumento de canje en función a los favores políticos de personas no solamente cercanas al stronismo, sino inclusive estrechamente ligadas al poder. Al mismo tiempo, también se han otorgado lotes agrícolas a una amplia galería de parientes directos, amigos y políticos asociados a Stroessner.
Estas observaciones no resultan de una apreciación rápida y sesgada de los datos empíricos levantados. Al contrario, confirman tendencias ya levantadas, inclusive, por organizaciones internacionales como el Banco Mundial. En efecto, en un informe del año 2007, este organismo multilateral apuntaba lo siguiente:
«El Paraguay tiene uno de los patrones de tenencia de la tierra más sesgados del mundo - 2 por ciento de los establecimientos agrícolas (alrededor de 6.400 granjas) ocupan 82 por ciento de la tierra explotada de forma agrícola (alrededor de 20 millones de las 24 millones de hectáreas en uso agropecuario, o la mitad del área total de Paraguay de 40 millones de hectáreas). Las mediciones estadísticas de distribución están sujetas a debate debido a las extensas propiedades en el árido Chaco (dos tercios del país pero con sólo 2 por ciento de la población). No obstante, la desigualdad en la tenencia de la tierra es evidente y se ha vuelto la causa más importante de inquietud social rural asimismo un impedimento al crecimiento en pos de reducir la pobreza.»
(Banco Mundial, 2007:1)
A continuación este mismo informe señala que el índice Gini (El índice Gini es una medida estadística que permite, en este caso, observar el grado de concentración de la tierra por medio de la relación entre dos variables. Cuando más próximo de la unidad, en este caso 1, mayor es la desigualdad existente.) de concentración de la tierra calculado por la Organización para la Agricultura y la Alimentación de las Naciones Unidas - FAO - es de 0,93, el más alto del mundo, contra índices de 0,8-0,85 para otros países de Latinoamérica. (Banco Mundial 2007). Estos datos, asociados al incremento de la pobreza en los últimos 20 años - 38 por ciento de pobreza total estimada en el año 2005 -, nos da la pauta de la gravedad de la situación en la cual el país se encuentra.
Los datos empíricos que se presentan en este trabajo, asimismo su interpretación, buscan desvendar los secretos, sean estos históricos, asimismo contemporáneos, acerca del problema de la distribución de la tierra en Paraguay. Y con ello, buscamos entender cómo nuestro país ha llegado a concentrar «uno de los patrones de tenencia de la tierra más sesgada del mundo», según el informe del Banco Mundial.
Los datos y, a partir de los mismos, las relaciones presentadas, analizadas y estudiadas -que estarán a disposición de la ciudadanía en la página Web de la Cámara de Diputados- constituyen los primeros que son expuestos a un público más amplio. Por su valor histórico, asimismo por sus efectos directos en el campo de la distribución y de la configuración del poder en Paraguay, por los cambios que esta venta indiscriminada -muchas veces inclusive sin costo para los adjudicatarios- de tierras públicas produjo en la sociedad nacional al privilegiar las grandes extensiones sobre las pequeños propiedades - provocando una concentración de la tierra semejante a la que se produjo en los años '80 del siglo XIX, cuando se inicia la venta de tierras públicas-por todo esto, consideramos que los datos que más adelante exponemos, poseen un valor importante para diversos segmentos de la población. Para los investigadores sociales, constituyen datos duros que pueden dar pie a nuevos estudios e interpretaciones, éstos relacionados no solamente a la concentración fundiaria, sino también al combate a la pobreza, que ha aumentado enormemente en los últimos 30 años. Pero, no solamente cientistas sociales podrán trabajar con los datos e interpretaciones que presentamos. Un público general, más amplio, aquellos interesados en la defensa del patrimonio del país, y en la defensa de la soberanía nacional, también encontrará en las páginas que siguen, un buen ejemplo de todo aquello que un gobierno no debe hacer, en cuanto a cuestiones sociales. De esta manera, consideramos que todo paraguayo de bien e interesado en el futuro del país podrá, al leer el presente libro, descubrir e igualmente interpretar y accionar en función de los mismos. Es nuestra intención que la memoria histórica sobre la problemática de la tierra, no se pierda, de manera que ésta sea conocida por las generaciones futuras. Y, sobre todo, para todos aquellos que lucharon -y aquellos que aun lo hacen-por un pedazo de tierra digna en nuestro país.
Los últimos 60 años de distribución arbitraria y prebendaria de uno de los mayores patrimonios nacionales, constituyen una muestra de manera que esta situación nos impulse y lleve a la reflexión, para entender y aprender con los errores del pasado y, al intentar evitarlos, construir todos juntos el país que anhelamos.
BREVE PRESENTACIÓN HISTÓRICA DEL PROBLEMA
Lo que sigue a continuación, lo presentamos a manera de descripción general, señalando uno de los puntos que, a criterio de los autores, significó un hito importante en la distribución de la tierra en el país. Al mismo tiempo, apuntó tendencias futuras, que hoy, lamentablemente, aun la llevamos a cuesta. El país aun no ha logrado reponerse de estas experiencias.
SIGLO XIX
Posterior a la culminación de la guerra de la Triple Alianza, y más específicamente con la «Ley sobre ventas de Tierras Públicas» de 1883 y su reglamentación respectiva, asimismo la «Ley de ventas de Tierras Públicas», de 1885, se inicia el proceso de adjudicación de grandes extensiones de tierras fiscales a particulares. Ambas legislaciones pertenecen al período de la presidencia de Bernardino Caballero. Un documento del Banco Mundial del año 2007, señala lo siguiente:
«El patrón existente de propiedad de la tierra tiene sus raíces en factores históricos. Luego de la Guerra de la Triple Alianza (1865-1870), el Gobierno habilitó grandes extensiones de tierra a inversores extranjeros como parte de un esfuerzo por atraer gente y capital para repoblar el país como consecuencia de la pérdida de casi toda la población masculina. En ese entonces se establecieron varias propiedades extensas, algunas por encima de un millón de hectáreas, tanto en la región Oriental para la cría de ganado y explotación forestal así como en el Chaco despoblado, en particular, a lo largo de la costa del río Paraguay para la explotación de la madera del quebracho, pro su tanino, que era exportado río abajo a las industrias de curtiembres en Argentina.»
(Banco Mundial, 2007:1)
La Ley de 1883, autorizaba al Poder Ejecutivo a vender tierras públicas, y al mismo tiempo establecía tres clases de campos - en función de su ubicación geográfica -, siendo que para cada clase se introducían precios de venta diferenciados. Esta Ley no determinaba otro requisito salvo que el pago fuera al contado, sin limitar su extensión. La reglamentación de esta Ley otorgaba amplias potestades al «Jefe Político» de la zona en la cual se asentaba la propiedad cuyo interés se manifestaba, iniciándose de esta manera una relación clientelística con el poder político. Al mismo tiempo establecía un plazo máximo para el pago respectivo - 30 días - pasado dicho plazo la transferencia «será nula y sin ningún valor».
La Ley de ventas de tierras públicas de 1885, por su parte, dividía las tierras fiscales en cinco clases, siendo la primera y la segunda las más nobles, que incluían las jurisdicciones de los entonces distritos de la región Oriental, mientras que la tercera y cuarta clase incluían a territorios del Chaco. Finalmente, se introducía una quinta clase, «los no comprendidos en los incisos 3° y 4°» respectivamente que clasificaban de la manera apuntada más arriba. A cada clase de tierras, se les asignaba un precio, y un plazo de tres años, más un recargo del seis por ciento de interés anual, por dicha venta. Esta Ley establece, explícitamente, una «rebaja del 50 % al precio estipulado por el artículo 4°, si en ellos establecen, durante el tiempo que se le concede para el pago, veinte y cinco familias europeas, compuesta de tres personas cada una de ellas.» Se inicia con esta última Ley, una propuesta de colonizar amplias extensiones del Chaco, con poblaciones extranjeras de forma a poblar una parte del territorio nacional hasta la fecha sin ocupación.
Pastore señala, igualmente, que con la Ley de 1883, «se inició una nueva etapa en la lucha por la tierra en Paraguay». (Pastore, 1972: 216) Observa que gran parte de los compradores de tierras eran representantes de capital extranjero o simples especuladores, ubicados en los poderes del Estado, y cuyos intereses se habían adaptado a la Constitución de 1870.
Caballero Aquino apunta que las leyes de 1883 y 1885 «afectaron la vida política, económica y social del Paraguay por muchas décadas» (Caballero Aquino, 1985:231). Este autor describe que lo que aconteció posteriormente a la promulgación de la Ley que establecía la venta de tierras y bosques fiscales, puede compararse a la fiebre del oro en California de 1849:
«Tanto paraguayos como extranjeros se apretujaron en las oficinas del Ministerio del Interior en Asunción o a las de los jefes Políticos en la campaña, para reclamar tierras que serían adquiridas con propósitos especulativos casi exclusivamente. La posibilidad de obtener rápida y fácilmente recursos y utilidades, encegueció tanto al gobierno como al público comprador.»
(Caballero Aquino, 1985: 222)
Estas leyes, según Caballero Aquino no solamente intensificaron la especulación, sino también incentivaron la instalación de entidades bancarias con el único propósito de intervenir en el torbellino especulativo:
«Solamente en 1887, tres bancos fueron autorizados a operar en Asunción: los de Comercio, Hipotecario y Territorial, respectivamente. Estos efectuaban préstamos de dinero dando por descontado que los precios de los inmuebles se incrementarían continuamente. Muchos de los préstamos otorgados implicaban operaciones riesgosas para instituciones bancarias serias. Pero el rápido provecho que arrojaban tales inversiones forzó incluso a entidades más bien conservadoras y sensatas como el Banco Territorial a destinar parte de su cartera de crédito a la especulación.»
(Caballero Aquino, 1985: 223)
Varios de estos especuladores, sorprendidos por la profunda crisis de 1890 en posesión de vastos territorios de dudoso valor, según este investigador, recurrieron a ingeniosos proyectos, «no siempre éticos o legales, para recuperar el dinero invertido». Inclusive un caso notorio que cita Caballero Aquino, que involucra a las más altas autoridades nacionales en la especulación inmobiliaria, es la constitución de una sociedad con el objeto de organizar una rifa y estafar a los visitantes de la Exposición Mundial de Chicago. Los premios que la sociedad pensaba otorgar en Chicago eran grandes extensiones de tierra en Paraguay (Caballero Aquino, 1985). No solamente especulaban con la tierra, también con «amigos del poder».
Así, la puesta en vigencia de la Ley de 1885 marcó
«El inicio de frenéticas compras de tierras fiscales. Nativos y extranjeros, liberales, conservadores, independientes, civiles y militares, funcionarios públicos, senadores, ministros, obreros y cualquiera que estuviese dispuesto a afrontar el pago de la primera cuota en efectivo, concurrieron rápidamente a presentar solicitudes.»
(Caballero Aquino, 1985: 227)
Con la venta de los yerbales fiscales, se presentó una situación similar. Una empresa, la Industrial Paraguaya S.A. se constituyó en la principal compañía productora de yerba en Paraguay. Fundada en 1886, «entre sus accionistas se encontraban prácticamente todas las personas adineradas de Asunción, prominentes políticos y unos pocos extranjeros.» (Caballero Aquino, 1985: 227). Esta empresa, considerada generalmente como extranjera, fue una empresa nacional integrada por la mayoría de paraguayos que se enriquecieron durante el período (le, la posguerra. Entre los fundadores figuran: Guillermo de los Ríos, Juan B. Gaona, Adolfo Saguier, el entonces presidente de la República general Bernardino Caballero, Agustín Cañete, asimismo Rodney Croskey, ciudadano inglés que vino al país como representante del Consejo de Tenedores de Bonos Extranjeros - los famosos empréstitos de Londres contraídos al finalizar la guerra de la Triple Alianza - que representaba uno de los pocos extranjeros «notables» en el directorio de la empresa.
Esta compañía, beneficiada con los datos y con la cooperación de Caballero y Cañete - autoridades del Poder Ejecutivo en ese momento -, rápidamente adquirió las mejores extensiones de yerbales del país.
Finalmente, la corrupción reinante, facilitaba el no pago de los costos de la venta de tierras y yerbales fiscales. La intención de que los ingresos provenientes de la venta de tierras públicas iban a ser destinados a cubrir los déficit presupuestarios y encarar el desarrollo del país, rápidamente fue abandonada. En su lugar se impuso la especulación, la venta de tierras sin su pago respectivo; el tan necesario desarrollo nacional, continuó ausente del territorio paraguayo. En un informe al Ministerio de Relaciones Exteriores en 1908, entonces a cargo de Cecilio Báez, el director de la Oficina de Inmigración y Colonización informaba que «los gobiernos colorados nunca intentaron determinar con exactitud la extensión de las tierras públicas ni antes ni después de las leyes de 1883 y 1885.» (Caballero Aquino, 1985: 233-234)
Por su parte, Pastore afirma que la aplicación de las leyes de 1883 y 1885 significó para la nación
«La pérdida del contralor de las fuentes de producción de riquezas; para las poblaciones de la campaña, la perdida de los campos comunales y de los bosques reservados para uso común por ley del 1° de junio de 1880;... para los pequeños y medianos productores de ganados, no ligados con lazos políticos, amistosos o familiares con los miembros de los círculos gobernantes de entonces, la falta de praderas para sus ganados... » (Pastore, 1972: 245)
Según este investigador, la venta de tierras y yerbatales públicos no solamente cambió la estructura agraria del país, sino también apresuró la transformación de los grupos políticos de Asunción en partidos políticos de gran amplitud nacional, emergiendo de esta manera las dos grandes asociaciones políticas, el partido Liberal y la Asociación Nacional Republicana, en 1887 (Pastore, 1972).
Para fines del siglo XIX, «estaban cumplidos los objetivos de la política económico-social iniciada en 1883», según declara Pastore. Para ese entonces, más de siete mil treinta y cinco leguas cuadradas de praderas y bosques de quebracho del Chaco habían sido entregadas a setenta y nueve personas o sociedades. Este autor afirma que, por esos años,
«Un saldo estimado en 1.101 leguas cuadradas quedó en poder del Estado en la 1a, 2a, 3a y 4a zonas y en las zonas reservadas. Ciento sesenta y una leguas cuadradas de tierras del mismo territorio y la isla Yasyreta en el río Paraná, fueron traspasados a los tenedores de bonos de los empréstitos de 1871 y 1972. Todos los yerbatales naturales se encontraban bajo el dominio privado, quedando en poder del Estado solamente aquellos que por su mala ubicación o porque no eran conocidos no habían sido solicitados en compra.»
(Pastore, 1972:254)
En la región Oriental, once compradores de más de 100 mil hectáreas adquirieron 5,5 millones de hectáreas aproximadamente. De esta manera los especuladores produjeron una concentración de la propiedad territorial en manos de pocos y se establecieron los latifundios que, según Pastore, subsisten amparados por poderosas fuerzas económicas. Durante este período se formaron grupos de compradores que adquirieron tierras «por decenas y por centenas de miles de hectáreas a fin de revenderlas por el duplo de su valor». (Pastore, 1972: 256)
Igual situación se constata en un estudio elaborado por el Equipo Nacional de Pastoral Social, Tierra y Sociedad, cuando afirma en relación a lo apuntado más arriba que,
«La venta masiva de tierras públicas significó la barrera más importante para restituir la antigua economía rural de carácter parcelario-comunitario, que posibilitaba un patrón de subsistencia agropecuario al campesino paraguayo. Por ella, las economías campesinas perdieron no solamente sus tierras de cultivo, sino los campos comunales y los bosques reservados para uso común.»
(Conferencia Episcopal Paraguaya, Tierra y Sociedad, 1984:357) Con esta estructura, asimismo con este espíritu, concluye el siglo XIX paraguayo, con gran parte de su territorio en manos de especuladores y personas próximas al poder, quienes si bien obtuvieron dichas propiedades - por medio de una legislación -, nunca por su parte, se interesaron seriamente en tornarlas productivas.
SIGLO XX
Como señalábamos más atrás, las leyes de venta de tierras públicas de 1883 y 1885, marcaron un hito importante en la distribución de la tierra en el país, reconfigurando gran parte de su territorio, asimismo creando un grupo importante de especuladores que, con grandes extensiones de territorio, se dedicaban mucho más a la especulación inmobiliaria que a tareas productivas propias del campo. Según Fletschner,
«Muchos de estos latifundios, con algunas variantes, siguen operando hasta hoy. A partir de 1918 se establecieron programas de colonización y reparto de tierras en forma de lotes agrícolas. Estos y otros programas similares se fueron adaptando a las cambiantes condiciones políticas de las diferentes épocas, hasta el presente.»
(Fletschner, 1982: 144)
Recién en febrero de 1940 - durante el gobierno de José Félix Estigarribia -, el Estado vuelve a invertir de manera decisiva en la problemática agraria, aprobando un Estatuto Agrario. Este Estatuto introduce conceptos como el de la Reforma Agraria, y crea el Departamento de Tierras y Colonización, como institución superior de la Reforma Agraria. Por su vez define los sujetos de la Reforma Agraria, y aquellos inmuebles destinados a los fines de dicha reforma. Esta legislación constituye una normativa sumamente amplia y completa pues establece los tipos de colonias en función con la naturaleza, la topografía y superficie del terreno, introduciendo también las colonias escuelas, las colonias guaraníes y la reducción de indios. Establece, por su vez, las formas de adquisición y arrendamiento de las propiedades rurales, la colonización particular, asimismo de las formas de explotación de los bosques aun existentes.
Para otro investigador social,
«Este Estatuto Agrario de 1940 hacía parte de una propuesta reformista que pretendía encarar la crisis del régimen liberal - que seguía profundizándose -, y en esa medida enfatiza el dominio eminente del Estado sobre el suelo de todo el territorio nacional; esta ley, asimismo, reafirma que la propiedad agraria debe cumplir una función social.» (Fogel, 2001: 34) Sin embargo, al fallecimiento de Estigarribia, su sucesor, Higinio Morínigo, se encarga de desorganizar y desmantelar esta institución que cuida de la Reforma Agraria en Paraguay. Según Pastore (1972), Morínigo destituye a sus funcionarios, buscando con esto «desliberalizar» la institución. A partir de esta situación,
«Higinio Morínigo sustituyó este régimen para la organización de colonias ganaderas por otro que permitió la enajenación de tierras fiscales del Chaco y la formación de nuevos latifundios, limitando así los beneficios de la producción ganadera a un sector de la población, tal como ocurriera en la ocasión de la venta de tierras públicas en la década de 1880.» (Pastore, 1972: 391-392) Con esta situación se vuelve a épocas anteriores en la cual el latifundio, según afirmaba Eligio Ayala, evita la construcción de habitaciones confortables en el medio rural (Pastore, 1972). Todo esto responde «al caos administrativo como a la política de simulación de realizaciones positivas del movimiento de contrarreforma agraria observada invariablemente en los últimos treinta años, en diversas formas, pero con el permanente propósito de conservar la situación existente, y de promover, mantener y acrecentar la concentración de la propiedad territorial en manos de pocos con la enajenación de las tierras del Estado ubicadas en el Chaco, en grandes extensiones, a latifundistas nacionales o extranjeros, integrantes del sector gobernante de la población del país.» (Pastore, 1972: 406)
Es esta la estructura jurídica, asimismo la situación social en el campo, en la cual el país se encuentra desde 1947, año de inicio de nuestra investigación.
PERÍODO 1947-2007
El corte que hemos establecido coincide con el comienzo de la hegemonía del Partido Colorado. En 1947, luego de la derrota del sector institucionalista del ejército, apoyado por amplios sectores políticos democráticos, Higinio Morínigo, entonces presidente de la República, abre las puertas del gobierno y luego del poder, a la Asociación Nacional Republicana, Partido Colorado. Desde entonces, esta facción política ha guiado, orientado y controlado las distintas dependencias del Estado, desarrollado sus estrategias políticas de sustentación del poder e implementado amplios y duros proceso represivos de forma a continuar en dicho ejercicio por más de varias décadas.
En 1954 asume el poder de la República Alfredo Stroessner, iniciando una de las dictaduras más longevas y sangrientas de nuestra historia republicana. Los años '60, son años de consolidación de dicho gobierno dictatorial, y coincide también con una política de colonización implementada por dicho gobierno, cual es la de poblar el este del país, dando principio a lo que se dio en llamar «la marcha al este», con fomento e impulso a poblar esta región. Coincidentemente con este proceso, en 1963, el gobierno de Stroessner promulga dos leyes de gran importancia en el contexto de esos momentos. La primera, es la creación del Instituto de Bienestar Rural (IBR), en marzo de 1963. La segunda es la ley que establece el Estatuto Agrario, promulgada pocos días después de la primera.
La Ley 852 del año 1963, que crea el Instituto de Bienestar Rural, es sumamente ambiciosa en cuanto a sus objetivos. Establece claramente que el instituto a ser creado tiene por objeto «transformar la estructuras agraria del país y la incorporación efectiva de la población campesina al desarrollo económico y social de la Nación, mediante soluciones legales, que permitan eliminar progresivamente el latifundio y el minifundio, sustituyéndolos por un sistema justo de propiedad, tenencia y explotación de la tierra.» Este instituto será dirigido y administrado por un Consejo compuesto de seis miembros incluido el Presidente, quienes serán designados por el Poder Ejecutivo. Entre las atribuciones que dicha Ley otorga al Consejo está la de autorizar la adquisición de bienes destinados a la realización de su política agraria, solicitando para el efecto al Poder Ejecutivo, la expropiación respectiva. De esta forma, la Ley expone claramente responsabilidades en la venta tierras públicas al Consejo y a su Presidente. Igualmente, el Instituto de Bienestar Rural deberá contar con un Registro Agrario, que será público y en el cual se inscribirán los títulos definitivos de propiedad de origen fiscal o privado expedidos de conformidad a la Ley.
Por su parte, la Ley 854 de 1963, conocida también como la Ley del Estatuto Agrario, establece, entre otras medidas, lo que se considera como latifundio, a los efectos de dicha Ley: todo inmueble de más de 10 mil hectáreas en la Región Oriental, o de más de 20 mil hectáreas en la Región Occidental, que no esté racionalmente explotado. Establece y cataloga las tierras que deberán ser destinadas al bienestar rural, asimismo quiénes son los beneficiarios del Estatuto Agrario y los requisitos para acceder a lotes agrícolas, incluyendo los tipos de asistencia a los beneficiarios. Finalmente introduce los tipos de colonias que podrán ser habilitadas, tipos de adjudicaciones, su mensura y subdivisión, las obligaciones del beneficiario de las tierras, el pago y la titulación de los mismos. Así, estas dos normativas son las que establecen de manera directa, quienes pueden ser los sujetos de la Reforma Agraria en el país, el marco institucional en el cual esta figura se inserta, asimismo las condiciones y requisitos para acceder a tierras agrícolas en la República.
Finalmente, y ya en pleno siglo XXI, surgen dos leyes que encuadran el proceso de tenencia, distribución y formalización de la propiedad fundiaria en los últimos años. La primera es la Ley de enero de 2002, que establece un nuevo Estatuto Agrario. L a segunda, es la Ley de creación del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT).
La primera de las normativas define el proceso de Reforma Agraria, asimismo el de Bienestar Rural, y sostiene que la tierra cumple una función social y económica. Entre otros puntos define al latifundio productivo e improductivo, estableciendo también quiénes son los beneficiarios del Estatuto Agrario, sea para asentamientos agrícolas, asimismo para asentamientos ganaderos en la Región Occidental, y los procedimientos para la adjudicación de los lotes, tipos de adjudicación y pagos de los mismos, estableciendo también procesos de expropiación por interés social. La segunda Ley, que crea el INDERT, es de julio de 2004, que deroga por su vez a la anterior que crea el Instituto de Bienestar Rural (IBR). Esta Ley establece que la agencia oficial estará bajo la dirección de un Presidente, quien contará con una Junta Asesora , y de Control de Gestión, siendo el primero nombrado por el Poder Ejecutivo. Gran parte de la responsabilidad en el proceso de adjudicación y de adquisición de inmuebles destinados a los fines del Estatuto Agrario, recae en el Presidente, con el acuerdo y dictamen vinculante de la junta Asesora y de Control de Gestión. La junta Asesora estará compuesta por representantes de varias organizaciones de la producción rural, asimismo por representantes de otras dependencias del Poder Ejecutivo, gobernaciones e intendencias de la República. Se establece un catastro agrario y, finalmente, la Ley establece responsabilidad personal, civil y penal, al funcionario que falsee información pública que sea requerida.
De esta manera, hemos establecido el marco jurídico administrativo bajo el cual se efectuaron todas las adjudicaciones de tierra, durante el período investigado que corresponde a los años 1947-2007. En este interregno se encuentran las adjudicaciones efectuadas durante los últimos 60 años en Paraguay.
No podemos dejar de mencionar que existen trabajos sumamente importantes, y que han marcado un hito en las investigaciones sobre la problemática agraria en el país. El primero, y que continua constituyéndose en una guía fundamental para el estudioso es el ya clásico libro de Carlos Pastore, La Lucha por la Tierra en Paraguay. Este libro, originalmente publicado en Montevideo en el año 1972, conoció una segunda edición pocos meses atrás, incorporándose algunas consideraciones importantes, fruto de los avances experimentados por el conocimiento en este campo. De igual forma el Centro Paraguayo de Estudios Sociológicos ha editado varios volúmenes dedicados al estudio e interpretación de esta problemática, asimismo la Conferencia Episcopal Paraguaya, a través de sus Cuadernos de Pastoral Social, han contribuido a profundizar el conocimiento en este campo. Y, finalmente, un número importante de investigadores sociales, aportaron datos y análisis valiosos, del cual somos herederos y nos sentimos gratamente en deuda. El conocimiento no es único ni mucho menos exclusivo, forma parte de una relación social, de nuestra memoria histórica, que debe ser difundida y compartida, de forma que la mayor parte de los habitantes del país puedan tener acceso a la misma.
Para el presente trabajo, hemos adoptado, en líneas generales dos grande divisiones territoriales, que expresan las divisiones políticas existentes históricamente, en el país, inclusive contemporáneamente. Estas dos grandes regiones son la región Oriental cuya extensión total corresponde a 159.827 Km2 y, por otro lado, la región Occidental con 246.925 Km2. Consideramos que una política seria y rigurosamente interesada en introducir el bienestar en la población del campo, e iniciar un proceso de desarrollo social, debe contemplar las diferencias que ambas regiones geográficas poseen. En consecuencia, una distribución justa y equitativa de la tierra debe llevar en consideración aspectos como: el acceso a estructuras viales de manera a facilitar el intercambio de productos, infraestructura y acceso al mercado, asimismo el propio suelo en cuanto a sus distintos niveles de productividad. Por otro lado, las legislaciones sobre la tierra en Paraguay contemplan, grosso modo, estas diferencias en cuanto a las regiones, estableciendo claramente los límites a partir de los cuales una propiedad es considerada latifundio en ambas regiones. Así consideramos adecuado establecer este primer corte y aproximación de manera a presentar, analizar e interpretar los datos empíricos proporcionados por el INDERT.
A partir de estas argumentaciones, hemos considerado pertinente, para el presente libro, establecer dos grandes secciones. La primera, es una presentación, análisis e interpretación de los datos empíricos levantados. Buscamos en esta primera parte, un estudio a profundidad acerca del proceso de distribución y adjudicación de las tierras en el país, durante el período en estudio. Para conseguir este objetivo, hemos dividido en tres grandes capítulos de forma a dar cuenta de nuestro objeto de estudio. El capítulo I, estudia y analiza el proceso de distribución de la tierra en la región Oriental del país. Presenta los datos y, a partir de los mismos, analiza e interpreta los últimos 60 años relacionados a la distribución de la tierra.
El Capítulo II hace un estudio semejante al primero, pero relativo a la región Occidental. Y finalmente, en el Capítulo III, presentamos el nuevo mapa resultante del los 60 años de malversación del patrimonio nacional, y sus consecuencias para el país. Al presentar los totales distribuidos en el periodo investigado, intentamos dar cuenta de manera más contundente de los efectos y derivaciones que esta distribución de la tierra trajo a la sociedad. De igual manera que durante los años '80 del siglo XIX, la tierra fue objeto de una especulación descontrolada, de una codicia desmesurada por apropiarse de grandes extensiones de terrenos fiscales por parte de interesados estrechamente ligados a las autoridades entonces de turno, o directamente las propias autoridades políticas, en los últimos 60 años se organizó e impulsó un procedimiento semejante, trayendo éste graves consecuencias para el país. Grandes contingentes de campesinos sin tierras, como víctimas trashumantes, aun deambulan por el territorio nacional en la búsqueda de la tierra sin males, donde asentarse definitivamente e iniciar la construcción de la utopía de un país más justo y más humano.
La segunda parte, está dedicada a establecer e identificar, en función a los datos analizados, diversos actores políticos, autoridades y familiares, que se han beneficiado de grandes extensiones de tierra, sin ser sujetos de la Reforma Agraria, según las disposiciones legales de ese momento. Así, el Capítulo IV, establece e identifica los beneficiarios de grandes extensiones de tierra, que aun no reuniendo los requisitos del Código Agrario del tiempo de la adjudicación, obtuvieron dicha prebenda. De esta manera, autoridades políticas, ministros, diputados, senadores, diplomáticos, familiares de autoridades durante los últimos 60 años - tiempos de hegemonía del Partido Colorado -, han sido identificados, y se exponen en este capítulo. Como apuntábamos más atrás, es posible que existan casos de homonimia, en función a la precariedad de los registros. Al mismo tiempo, también es posible que por esta misma situación, algunos de los grandes beneficiarios no estén incluidos en este listado. Vayan nuestras debidas disculpas, en ambos casos.
Con esto finalizamos el análisis e interpretación de los datos, esperando que lo que a continuación el público lector tenga en sus manos, pueda servir para, a partir de este estudio, avanzar el conocimiento sobre la tierra en nuestro país, pero sobre todo, evitar la repetición de los grandes y graves errores del pasado. Si de alguna manera la distribución de la tierra en el siglo XIX se presentó como una tragedia - en función a la necesidad de poblar el país, y de iniciar el proceso de reconstrucción luego de una guerra genocida - a pesar haber sido en gran parte un proceso especulativo, la distribución de la tierra en los últimos 60 años, constituye uno de los puntos más representativos de todo el proceso de corrupción en el territorio paraguayo. Es importante, necesario y urgente que las nuevas autoridades electas el 20 de abril y que asumieron la administración del Poder Ejecutivo el 15 de agosto, lleven en cuenta que, sin una justa y transparente distribución de las tierras públicas en nuestro país, el desarrollo por todos anhelados, se estará no solamente retrasando sino sobre todo, evitando. Pero, también, es necesario apuntar los errores del pasado, y condenar a sus administradores. El pueblo espera y necesita una esperanza de cambio.
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soy Santiago Pozzo de buenos aires, felicito a Anibal y Efrain . saludos
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